Para el día 29 de Septiembre se enviara una iniciativa de Reforma propuesta por Alejandro Carbajal Hidalgo para reformar al Artículo 218 de la ley del seguro social que pretende reducir el Salario a Registrar de 25 a la 10 veces.
FUENTE EL ECONOMISTA
Esto a razón de lo que todos ya sabíamos que pudiera ser inevitable, ¨LAS FINANZAS PÚBLICAS¨ y esto a consecuencia de una de las varias propuestas que realizó la OCDE al respecto, malas finanzas, malos gobiernos que fueron desmantelando el sistema de seguridad social
Te compartimos el Estudio de la OCDE
Desconocemos si la iniciativa de ley este planteada de esta forma ya que hace mención a VECES SALARIO MINIMO.
Recordemos que en 2016 esto fue modificado y desde este entonces el valor con el que se cotiza es la UMA, la diferencia entre cotizar en VSM Y UMAS EN 10 veces equivale de …… $37,459 a $26,412
Hacemos mención de esto, ya que en la ley anterior estaríamos hablando de $37,450 tendríamos que esperar como a ver cómo fue planteada esta iniciativa.
COMO ERA LA MODALIDAD 40 RÉGIMEN 73
Anteriormente la Modalidad 40 era diferente, al contratarla se podía del grupo salarial donde te encontrabas un grupo inferior ó uno superior, es decir no indicaba el tope de hasta 25 veces, esto se encontraba plasmado en el Art. 194 de la ley 1973.
Es decir su derecho original era este, así como el de tener un tope en la pensión de 10 Veces Salario Mínimo.
Al iniciar el nuevo régimen el 1 de julio de 1997, esta generación empezó a hacer uso a derechos nuevo pertenecientes al RÉGIMEN 97 ya que la ley no estableció en ningún momento que no pudiera hacerse, la ley no fué clara desde el principio, y el salario empezó a incrementar de 10 VSM hasta llegar a un tope de 25 VSM.
Esto trajo como consecuencia que los de Régimen 73 al ir incrementando este tope también los patrones en su carga patronal, pagarán sobre este tipo de salarios, la controversia inicio precisamente cuando todas estas personas que pagaron en 25 veces salario mínimo, no podían reducir su derecho a 10 veces ya que las aportaciones fueron hechas al tope.
Y de hecho esto trajo controversias en el tiempo ya que a habido JURISPRUDENCIA al respecto, este mismo año la hubo donde hay casos en particular, donde SÍ les ajustaron su pensión a 10 veces, (RECORDEMOS QUE ESTE ES EL DERECHO ORIGINAL DE LA LEY 1973)
Y precisamente en febrero de esta año el Presidente López Obrador y Zoé Robledo emitieron un comunicado indicando que el tope de 25 VECES SALARIO MÍNIMO (y de nuevo error dijeron veces salario mínimo) seguiría siendo el mismo y no se iba a tocar este derecho fundamental y tan importante.
Y bueno.... están cumpliendo con su promesa, cómo ¨muchas otras que han cumplido hasta el momento ¨ (SARCASMO), NO ESTAN TOCANDO EL TOPE DE LAS PENSIONES, no se esta pretendiendo reformar esto, lo que ESTÁN TOCANDO y lo cual no prometieron, es el cómo se va a cotizar en MODALIDAD 40.
CUÁLES SERÍAN LAS CONSECUENCIAS
A reserva de que veamos como fué planteada está iniciativa, el tope Máximo que se cotizaría pudiera ser $37,450 en VECES SALARIO MÍNIMO ó $26,411 si fuera en UMAS.
Es decir en el mejor de los escenarios en cuanto a variables de cálculo de pensión, lo máximo que pudiera accederse en pensión sería esta, y de cierta forma nos hace pensar y reflexionar que ¿Cuantos realmente pudieran haber pagado el tope e irse con PENSIONES al día de hoy de arriba de esta cantidad? realmente pocos, a comparación de los que pretenden financiar en el RÉGIMEN 97 con la propuesta presentada por Andrés Manuel López obrador. (Enlace a nota)
Y aquí es donde se cruzan estas dos propuestas, porque por un lado quieren bajar el tope a cotizar en MODALIDAD 40 y con la otra incrementar la carga patronal, donde de ser aceptada pasaría la cuota de Modalidad 40 de 10.075% a 18.88% en un plazo de 8 años. (Ver mas detalles)
Entonces en el supuesto de un tope de 10 veces en salario mínimo (ya que repito no sabemos realmente como está planteada la iniciativa y hasta el momento la información que hay es en veces salario mínimo) de un salario de $37,450 el día de hoy se paga aprox. $3,773 y sobre 10 veces UMA $26,412 4,986, a 8 años como se muestra en la tabla.
Es decir en este contexto completo, pagarías más por menos salario.
¿Cuál sería la opción para seguir cotizando al tope?
La opción para poder seguir cotizando al tope de 25 veces la UMA sería a través de un patrón.
Donde en base a la otra propuesta realizada en agosto, la carga patronal incrementaría de 5.150 a 13.875% Leer mas
A lo cual me surgen las siguientes inquietudes
Estas iniciativas son pensadas realmente para beneficiar al pueblo?
¿Es un gobierno del pueblo y para el pueblo?
¿Porque para esto no hay votaciones del pueblo a manita alzada?
¿Un gobierno que pretende reducir las pensiones de esta forma de un pueblo que lo eligió es correcto?
¿Se pretende beneficiar a Régimen 97 reduciendo el tiempo de pensión de 25 a 15 donde de todas formas el gobierno tendrá que cubrir pensiones mínimas garantizadas y no se supone que las finanzas ya no ajustan?
Se acercan nuevas elecciones, ahora si piénselo bien
¿Por que no hacer propuestas para generar mayor economía?
¿Porqué no incentivar al emprendedor?
¿Por que no fomentar mayor inversión en el país para crecimiento de las PYMES?
¿Porque para este gobierno es mejor quitar derechos que sumar?
Su argumento va a ser, ya no ajusta el dinero para pagar esas pensiones, y ¿porque si va a alcanzar para financiar pensiones mínimas garantizadas? de personas que coticen aún menos tiempo, siendo que el grueso de la población gana menos de 10 salarios, sólo el 5% gana arriba de 10 salarios.
Actualmente sólo el 5% gana pensiones arriba de 10 veces y no estamos hablando del de 25 veces, versus un 95 que gana menos de esto.
¿Entonces es más económico financiar a un 95% de la población de futuros pensionados por Régimen 97 para una pensión mínima y ahora en menos tiempo (25 a 15 años de cotización) versus a ese 5% que busca alcanzar una mejor pensión?
¿Afecta a quien ya está pagando?
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 14, se especifica que “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna” por lo que el IMSS estaría obligado a respetar el monto de contratación antes de la entrada en vigor de dicha reforma.
¿Hoy 25 de septiembre 2020 ya se modificó?
Realizamos una simulación a través del portal del IMSS y aún indica el tope en 25 UMAS
¿Cómo serán las nuevas proyecciones?
La Modalidad 40 aún seguirá siendo una alternativa para garantizar tu conservación de derechos y cotizar un salario mejor, ya no en las mismas dimensiones, pero seguirá siendo una opción y más si la comparamos con el derecho original que tenían los de Régimen 73 en el Art. 194 comentado anteriormente donde sólo se podía elegir un grupo inferior ó uno superior.
Las proyecciones también tendrán que contemplar en caso de ser aceptada la propuesta presentada directamente por AMLO en Agosto, con los incrementos que pudiera tener año con año los pagos en Modalidad 40.
Minerva Vázquez
Directora General de Proyecsar.