En recientes días me han preguntado si a través de causar alta como trabajadora del hogar se pueden reactivar los derechos ante el IMSS, les brindaré mi opinión al respecto conforme a lo que se encuentra establecido en la ley.
En mi perspectiva no sería lo más prudente.
Para esto primero hay que aclarar los siguientes conceptos.
¿Qué es Régimen Obligatorio?
En el Régimen Obligatorio una persona es afiliada por su patrón por tener una relación laboral subordinada y remunerada, lo que obliga a su aseguramiento, en donde es cubierto por los siguientes ramos de aseguramiento.
Incluye las modalidades de aseguramiento 10, 13, 14, 17 y 30.
¿Qué es Régimen Voluntario?
Cualquier trabajador que no pueda seguir amparado por el Régimen Obligatorio del IMSS, tiene la posibilidad de seguir cotizando de manera voluntaria, para seguir acumulando tiempo de cotización y poder acceder a una pensión ó a el Ramo de enfermedades y Maternidad, según sea el caso de la que se contrate.
Incluye las modalidades de aseguramiento 44, 34, 43, 35, 36, 38, 42, 32, 33 y 40 de continuación voluntaria en el régimen obligatorio. La descripción de los ramos de aseguramiento por cada Modalidad se detalla más adelante.
¿Qué es Simulación Laboral?
El Seguro Social considera que hay una simulación laboral cuando: en la contratación de un trabajador, se realiza para obtener ó acceder a beneficios y derechos que no tiene actualmente, y se realiza la contratación con un patrón sin existir una subordinación real, esto con dolo, alevosía, ventaja y premeditación.
¿Cómo demuestras que no hay una Simulación Laboral?
Su patrón y usted, deben de actuar con apego a la Ley Federal del Trabajo y a la del Seguro Social.
Tener contrato individual de trabajo
Estar debidamente inscrito en el Seguro Social,.
Copia de la renuncia y del finiquito;
El patrón debe cumplir con sus obligaciones que lleve un sistema de lista ó control de asistencia, que use un sistema de nómina que permita contabilizar días trabajados, salarios percibidos y antigüedad, y usted, conserve toda evidencia documental por si a futuro se requiere.
El PROGRAMA PILOTO trabajadoras del hogar inició en abril del 2019, esto a consecuencia de un amparo directo donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia, por la cual declaró discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del IMSS.
La SCJN recomendó al IMSS, realizara un programa piloto especial
opcional a la seguridad social de las empleadas domésticas, muchos lo han visto como una oportunidad para reactivar sus derechos como lo establece la ley cotizando mínimo 52 semanas en el Régimen Obligatorio, ya que este se encuentra considerado a la par de la Modalidad 10.
Ellas/Ellos ó los patrones pueden realizar la inscripción a través del IIMSS, descargar el formato de inscripción y este vínculo se formaliza cuando se realiza el pago.
Hay ilegalidad en este sentido, ya que la SCJN no tiene la autoridad para obligar al IMSS a emitir este
programa, lo que se debió haber hecho para que tuviera un sustento jurídico y funcionara de manera correcta, era solicitar la modificación del ART 13 fracc II LSS, donde viene el tema de la incorporación de manera voluntaria y volverlo obligatorio para el patrón.
El tema está que cualquier trabajadora podrá darse de alta por su cuenta en el portal del IMSS indicar que trabaja en cualquier lugar con cualquier persona, sin necesidad de comprobar la relación laboral.
(De hecho realice mi propia alta en el portal a forma de SIMULACIÓN, para conocer el procedimiento y sin ningún tipo de restricción a partir de hoy 22 de mayo 2020, ya soy trabajadora del hogar en menos de 5 minutos y sin conocimiento del patrón que es mi esposo) ***VIDEO.
Para un uso adecuado por parte de las personas que surgió este PROYECTO, me parece excelente.
Sin embargo, para los que lo están realizando con otro finalidad y con simulación laboral, para nada me parece correcto.
El recibo a pagar Sí contempla todos los ramos de
aseguramiento del Régimen Obligatorio) y es aquí precisamente donde parece preocupante ya que al pasar el tiempo, si se realizó una
simulación laboral y el IMSS solicita demostrar dicha relación, ¿Cómo se hará?, si no hay todos los elementos necesarios para comprobar la NO SIMULACIÓN
LABORAL y cualquiera pudiera inscribirse para intentar reactivar sus derechos. Te reconocerán realmente esas semanas para reactivar tus derechos? ó perderás un año en el
intento?
Aún peor, si el patrón tiene un lazo de consanguinidad, recordemos que la Ley Federal de trabajo nos menciona que no aplica la normativa para personas que estén cotizando en una empresa familiar (Art 352). Habiendo una excepción que tocaremos en un tema posterior (Art 351)
El hecho de que sea el propio trabajador el que puede realizarlo, va mucho más haya de la ley, sí somos
honestos es como sí fueras a alguna empresa y simplemente tu decidieras que ya estas empleada ahí, esto para nada es así; ES EL PATRÓN el
que te debe dar de alta a ti como trabajador, cuando se cumplen todos los requisitos y se establece la relación laboral, no de manera
contraria.
Por el tema del Patrón, pudiera estar sujeto a visita domiciliaria para validar la relación laboral y son temas que no se han tomado en consideración.
En mi opinión yo no recomendaría realizar esto para recuperar vigencia, pudiera arriesgarse a caer en simulación laboral y no le respeten ese periodo.
Esto realmente es un beneficio para las personas que si lo necesitan y se encuentran en una situación real.
Yo pido, no MANCHAR este tipo de APOYO, ni hagamos mal uso, ya que los que pudieran verse perjudicados si decidieran quitar este beneficio por malas prácticas, serían ellas/ellos para quienes fue creado.
Minerva Vázquez
Directora General
Fuentes:
http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/informes/20142015/20-Anexos.pdf
http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/informes/GlosarioCubo.pdf
http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/informes/20142015/20-Anexos.pdf
Ley IMSS
Ley Federal del Trabajo.